El Marco Temporal vuelve a la Corte Suprema: entiende los efectos para los pueblos indígenas
Por Murilo Pajolla
Do Brasil de Fato | Lábrea (Brasil)
El plenario del Supremo Tribunal Federal (STF) reanudó este miércoles 7 el juicio del Marco Temporal, la principal apuesta del agronegocio brasileño para detener la demarcación de tierras indígenas y cuestionar territorios ya demarcados.
La Corte definirá si es constitucional o inconstitucional la tesis jurídica que considera el 5 de octubre de 1988 -fecha de promulgación de la Constitución brasileña- como plazo para la demarcación de las tierras indígenas. La sesión plenaria comenzó este miércoles 7 a las 13h (GMT -3).
El juez Alexandre de Moraes votó en contra de la tesis del plazo. La discusión de la cuestión, sin embargo, fue suspendida después de una solicitud de acceso por el ministro André Mendonça, y debe ser reanudado hasta octubre.
El contexto político
La Constitución Federal de 1988 fue la primera en Brasil en reconocer que los indígenas son los primeros y verdaderos propietarios de las tierras que ocupaban antes de la llegada de los no indígenas.
Según la Constitución, las tierras indígenas son bienes del Estado, el cual tiene la obligación de promover la demarcación de estos territorios en favor de sus habitantes tradicionales.
La demarcación es un proceso administrativo complejo, que consta de nueve etapas: desde los estudios iniciales de identificación y delimitación del territorio, hasta la interdicción de áreas de protección de los pueblos indígenas en aislamiento.
Así, es derecho de los pueblos indígenas ejercer sobre estas tierras la posesión permanente y el uso exclusivo del suelo, los ríos y todos los recursos naturales indispensables para el mantenimiento de sus modos de vida.
Este marco de protección para los pueblos indígenas, sin embargo, nunca se materializó por completo.
La Constitución dio plazo hasta 1993 para que se demarcaran todas las tierras indígenas, pero actualmente hay más de 300 territorios que se encuentran en situación jurídica indefinida.
Si no consiguen pruebas de que ocuparon el área dentro del plazo estipulado por el Marco Temporal, cientos de grupos indígenas que fueron violentamente expulsados de los territorios -como ocurrió regularmente durante la dictadura militar (1964-1985), por ejemplo- perderán su derecho a la tierra.
La Constitución reconoce textualmente el derecho originario de los indígenas sobre tierras tradicionalmente ocupadas, sin mencionar ningún criterio temporal para las demarcaciones. Por lo tanto, el Marco Temporal es considerado claramente inconstitucional por juristas, abogados y el Ministerio Público Federal (MPF).
“La Corte Suprema, bajo la presidencia de la magistrada Rosa Weber, ha dado buenas respuestas en materia indígena y climática. En la abogacía indigenista, la expectativa es positiva, aunque siempre puede ocurrir que se solicite una revisión u otra forma de postergar el juicio”, evaluó Nicolás Nascimento, abogado y asesor legal del Consejo Indígena Misionero (CIMI).
El STF interrumpió la votación sobre el Marco Temporal en 2021, luego de una solicitud de revisión del magistrado Alexandre de Moraes. Hasta ahora han votado dos magistrados: el relator Edson Fachin, en contra del Marco Temporal, y Nunes Marques, a favor.
La paralización de los análisis durante dos años permitió a los parlamentarios ruralistas, bolsonaristas y Centrão (grupo que reúne a partidos de la derecha liberal y fisiológica) avanzar en la Cámara, donde el Marco Temporal fue aprobado con carácter de urgencia la semana pasada, gracias a la actuación de Arthur Lira (Partido Progresistas).
En el Senado, las señales son de menor prisa para la votación, que debe hacerse en un procedimiento ordinario. Existe también un dictamen emitido durante el gobierno de Michel Temer por la Abogacía General de la Unión (AGU), órgano del poder Ejecutivo, favorable al Marco Temporal.
“La prerrogativa es del Supremo Tribunal”
“Aunque hay varios actores que buscan reglamentar el tema, la prerrogativa de interpretación de la Constitución Federal es del Supremo Tribunal Federal, así como la interpretación de sus planteamientos”, explicó Nicolás Nascimento.
“El Poder Judicial tiene legitimidad para derogar una ley que va contra el derecho, como es el caso del Marco Temporal, sin que ello signifique una desarmonía entre los poderes de la República”, coincidió el abogado, magíster en antropología y doctorando de la Universidad Federal de Amazonas (UFAM), Felipe Jucá.
“Un mismo asunto discutido en diferentes poderes provoca la tensión que estamos viendo. Y si finalmente el Legislativo aprueba el Marco Temporal, nada impide que esta nueva ley también sea judicializada”, explicó Jucá, quien también es investigador vinculado al proyecto Nueva Cartografía Social en la Amazonia.
El magistrado designado por Bolsonaro podría poner trabas nuevamente
Elevado al STF por Bolsonaro, el “terriblemente evangélico” André Mendonça será el segundo magistrado en votar, inmediatamente detrás de Alexandre de Moraes, autor de la solicitud de revisión.
En 2021, Bolsonaro declaró sentirse confiado de que Mendonça votaría a favor de la tesis ruralista cuando llegara al STF. Mientras aún era abogado general de la Unión de Bolsonaro, actuó en el proceso de Marco Temporal en defensa de los criterios de demarcación.
El sector jurídico de la Articulación de los Pueblos Indígenas do Brasil (APIB) incluso llegó a argumentar, en 2021, que Mendonça debía declararse impedido de votar debido a su desempeño anterior.
El voto de Nunes Marques tuvo fake news ruralista
Nunes Marques, también designado para la Corte Suprema por Jair Bolsonaro, empató la sentencia 1 a 1 al votar a favor del Marco Temporal. El magistrado repitió los mismos argumentos utilizados por entidades ruralistas e incluso reprodujo la fake news de que, sin el criterio de las demarcaciones, habría una “expansión ilimitada” de las tierras indígenas, lo que representaría una amenaza a la “soberanía e independencia nacional”.
En el voto contrario, el relator Edson Fachin defendió que la posesión territorial indígena no es igual a la posesión civil y, por tanto, debe interpretarse con base en la Constitución, que garantiza el derecho originario a las tierras ancestralmente ocupadas.
Exterminio indígena y demarcaciones paralizadas
Las organizaciones indígenas se han movilizado desde el lunes 5 en Brasilia, en un intento de sensibilizar a los magistrados y a la opinión pública. Los líderes y activistas indígenas denunciaron que las consecuencias de validar el Marco Temporal podrán profundizar el proceso de genocidio que viven los pueblos originarios.
Incluso las comunidades que habitan en terrenos ya demarcados pueden ser expulsadas si no prueban que ocuparon el territorio dentro del plazo establecido por la tesis jurídica.
Esto se debe a que la Corte Suprema calificó el juicio del Marco Temporal como de “repercusión general”. Es decir, se creará una jurisprudencia que servirá de base para juzgar todos los casos similares en otros tribunales, definiendo el futuro de las generaciones de indígenas brasileños.
“Se extinguirían tierras de indígenas aislados”
El Marco Temporal tiene una aplicabilidad cuestionable en el caso de pueblos que mantienen contacto permanente con no-indígenas, pero el retroceso sería aún mayor para los aislados, aquellos que prefieren no mantener vínculos con el resto de la población. Se estima que hay al menos 100 grupos en esta situación en la parte brasileña de la selva amazónica, según el Instituto Socioambiental (ISA).
Como señala el Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas Aislados y de Reciente Contacto (OPI), en la mayoría de los casos es imposible comprobar la presencia de estos grupos en un área determinada y en una fecha específica. Esto se debe a que estas poblaciones se encuentran en constante desplazamiento, retirándose a zonas más preservadas debido a la presión que sufren por la deforestación.
“Si el plazo se convierte en ley, se extinguirían prácticamente todas las tierras indígenas demarcadas como aisladas. No puedes preguntarles [a los indígenas] si estaban ahí en 1988 porque probablemente no estaban”, explicó Fabrício Amorim, integrante de la OPI. “Es muy fácil entender por qué esta es una tesis totalmente absurda e inaplicable para todos los pueblos indígenas, especialmente para los aislados”.
Edición: Thalita Pires e Flávia Chacon
*Traducción: Isabela Gaia