CPI del MST

Comisión Parlamentaria Investigadora del MST: contexto y diagnóstico de la situación agraria brasileña

Articulo de José Geraldo hace un diagnostico de la CPI del MST y la cuestion agraria en Brasil

MST en Marcha. Foto: Reproducción.

Por José Geraldo de Sousa Junior*
De Resumen Latinoamericano

El 30/05/2023, en el expediente deliberativo del CPI del Movimiento de los Trabajadores Rurales Sin Tierra (MST) – CPIMST, demanda núm. 34/2023 del diputado Nilto Tatto (PT-SP), suscrita también por los diputados Camila Jara (PT-MS), Gleisi Hoffmann (PT-PR), João Daniel (PT-SE), Marcon (PT-RS), Padre João (PT-MG), Paulão (PT-AL), Valmir Assunção (PT-BA), quienes solicitaron que se realice una reunión para contextualizar y presentar un diagnóstico de la situación agraria brasileña, solicitando, por lo tanto, que se me invite como miembro vocero.

Aún pendiente de deliberación, la solicitud del PSOL, firmada por los diputados Sâmia Bomfim (SP) y Talíria Petrone (RJ) que, con fundamento en el artículo 58 de la Constitución Federal y el artículo 36 del Reglamento Interior de la Cámara de Diputados, solicitan la reunión en la Comisión de Investigación Parlamentaria, con el objetivo de discutir el papel de la Constitución Federal de 1988 y la cuestión agraria, con una invitación a los siguientes especialistas: además de indicarme también, por mi calidad de Profesor Titular de la Universidad de Brasilia, exdirectora de la Facultad de Derecho de la UnB y exdecana de la misma institución; me pone en la mejor compañía, recomendando también a mi compañera de universidad Ela Wiecko, miembro jubilada del Ministerio Público Federal, donde se desempeñó como Fiscal Federal de los Derechos del Ciudadano,

Ya en esta solicitud se solicita la realización de una audiencia pública, en razón de que el “CPI tome conocimiento de información, notas técnicas, investigaciones y estudios académicos sobre el tema agrario en el país, con el objetivo de brindar una mejor elucidación de los aspectos técnicos y jurídicos de los temas que serán tratados durante el trabajo” de la Comisión.

Para los autores de la candidatura “Los juristas invitados pueden contribuir sobre los aspectos y principios fundamentales de la Constitución Federal y la cuestión agraria en nuestro país. Es fundamental que este CPI escuche a los especialistas en materia constitucional para trazar el mejor escenario para su trabajo”.

Ahora, el 14 de junio, en base a estos supuestos, se instaló la sesión para el testimonio que brindé al CPI. Debo decir, de entrada, que la invitación no sólo me honra sino que da continuidad a un compromiso de participación en el proceso legislativo, experiencia que comencé a vivir en la época de la Asamblea Nacional Constituyente, entre 1987 y 1988 cuando se Se estableció por primera vez este diálogo entre representación parlamentaria y ciudadanía activa, en el propio proceso. Recuerdo entonces representar a la Comisión Brasileña de Justicia y Paz, de la CNBB, como ponente en una audiencia pública en la 12ª reunión de la Subcomisión de Derechos Políticos y Garantías Individuales de la Comisión de Soberanía y Derechos del Hombre y la Mujer, el 30 de abril de 1987, con el tema “La construcción social de la ciudadanía:

Para Eneida Vinhaes Bello Dultra y Sabrina Durigon Marques, autoras del ensayo “El Legislativo Invita al Profesor José Geraldo de Sousa Jr: Tejiendo el Hilo Democrático de la Formación Jurídica Crítica en el Espacio de la Política”, (en Direito.UnB Revista de Direito da Universidade de Brasilia, tomo 6, número 2, mayo-agosto de 2022: Derecho encontrado en la calle: aportes a la teoría crítica del derecho, p. 295-310),

En ese importantísimo momento de consolidación de la democracia en Brasil, hizo una enfática defensa del derecho a la conquista de la ciudadanía, no restringida sólo a la defensa de determinados derechos, sino que se encarnan en luchas por la constitución de un sujeto social, que emerge y se emancipa conscientemente de sus propias fuerzas.

El ensayo pasa luego por una larga serie de participaciones, en la Cámara, en el Senado o en comisiones mixtas, en las que los autores encuentran un vector que denominan la promoción del “diálogo entre la Academia y [el] Poder Legislativo como vía de afirmar la relevancia de la democracia tanto para la acción política como en la formación jurídica defendida como instrumento de libertad [obteniendo como resultado] un hilo conductor que porta los valores democráticos a través de la defensa incontestable de la ciudadanía activa y el apoyo al sujeto colectivo de derechos que emerge y conduce el proceso de transformación en pos de la justicia social”.

Esta es la primera pauta contextual que busco establecer. Son 35 años de maduración de un programa constitucional que pone en su centro la democracia y la justicia social, especialmente en el proceso legislativo, en todas las dimensiones de este proceso, desde los trámites preparatorios, en el trabajo de las comisiones y en el momento deliberativo final. Apartarse de este proceso es traicionar la Constitución y el Proyecto de Sociedad. Por eso se dice (como lo hace la profesora Marilena Chauí) que la democracia no es sólo una forma de gobierno, es una forma de sociedad y se da a través de la mediación de sujetos que institucionalizan la acción política y jurídica. La democracia y los derechos, que no son cantidades de artefactos dispuestos en estanterías normativas, sino relaciones problemáticas, tensas, conflictivas,

La segunda directriz contextual es que es necesario reconocer a los sujetos que mueven el proceso democrático y la realización de los derechos. En un sistema de intensa acción democrática, estos sujetos son mayoritariamente colectivos y forman parte de los movimientos sociales. Mi consideración en este contexto deriva de mi práctica académica en conjunción con la social, a través de la acción inseparable, tal como se define en la Constitución (art. 207) de la docencia, la investigación y la extensión.

En un momento de recrudecimiento de la violencia contra los pueblos indígenas y sus territorios y de los conflictos en el campo, pero también de un giro democrático en Brasil, con el retorno de la gobernabilidad de base popular, participativa y radicalmente democrática, es tanto más necesario que las fuerzas democráticas vivas están abiertas a la elaboración de políticas sociales y públicas que puedan utilizar estos estudios para orientar estas políticas.

Ya pasaron cinco siglos, pero la obra seminal de Alberto Passos Guimarães “Quatro Séculos de Latifúndio”, publicada en 1963, seguida de “A Crise Agrária” (1978) y “As Classes Dangerosas: Rural and Urban Banditry” (1982), también es fundamental para comprender la tensa realidad del campo brasileño, la configuración del latifundio y la concentración de la tierra en Brasil y la lucha y protagonismo del movimiento campesino, actualmente con la destacada actuación del MST – Movimento dos Trabalhadores Rurais Sem Terra, para organizarse y proponer un proyecto político y social de país.

La CPI en curso no puede ser una de las caras de este enfrentamiento. Aunque se presenta como una cara más sofisticada porque suaviza su fuerza bajo la apariencia de control legislativo. Con Renata Carolina Corrêa Vieira, mostramos en artículo de Le Monde Diplomatique, publicado el 18/07/2019 – La función social de la propiedad: piedra angular de la Constitución Ciudadana (https://diplomatique.org.br/a-funcao- social-de-la-propiedad-piedra-angular-de-la-constitución-ciudadana/), la malicia de propuestas legislativas que, a pesar de su inviabilidad, pretenden reducir el alcance de la realización del principio de la función social de la propiedad, con movimientos deliberativos en el Parlamento para favorecer la privatización de lo ya colocado fuera del comercio. Se convierte, con renovados artificios, en medidas legislativas,

Basta la cara brutal y sangrienta en la línea del coronelismo que marca el proceso oligárquico, que caracteriza nuestra formación económica, social y política: la criminalización de las reivindicaciones sociales (con la intención de tipificar las formas de lucha en la lista del delito de terrorismo) y la vuelta legal al armamento que equipa a las milicias urbanas y rurales al servicio de la propiedad y el latifundio.

En un artículo que publiqué en una columna que mantuve durante años en la Revista Sindjus (Sindicato de los Funcionarios de la Judicatura y del Ministerio Público de Brasilia) (Decimosexta Edición, N° 50, 2008, página 5 – ¿Azadas o Flores? La tentación de criminalizar al MST , aludí a esta acción emoliente que promueve el propio sistema de justicia.

Con ese título me refería al dilema planteado en un artículo del Procurador General de Justicia de Rio Grande do Sul, publicado en Zero Hora, edición impresa del 2 de julio de ese año, en el que busca contemporizar la vehemente reacción a las acciones civiles desencadenadas por el Ministerio Público contra ciertas acampadas del MST (Serraria y Jandir, entre otras), en RS, y que fueron vistas como una estrategia concertada para postular la extinción o la ilegalidad de un importante movimiento social.

Lo más evidente de la observación es la dificultad para reconocer el alcance emancipador de las demandas sociales . En varios estados, el Ministerio Público Federal, en una aparente violación del principio del acusador natural, insistió en proponer acciones civiles públicas, debido a que el INCRA y universidades federales firmaron un término de cooperación técnica destinado a implementar carreras de grado en Derecho dirigido a beneficiarios de la reforma agraria, dentro de los parámetros del sistema Pronera (Programa Nacional de Educación Rural).

En los términos inusuales del argumento del MP: “Es sabido que el hábitat del profesional del derecho, en cualquiera de sus vertientes, es el medio urbano, pues es en esta localidad donde se encuentran los demás operadores de la ciencia jurídica. Aunque venga a auspiciar un reclamo de derecho de un ciudadano que vive en la zona rural más alejada, dirigirá su demanda a un órgano del Poder Judicial, que no se encuentra en las zonas rurales.”

El hecho es que, si bien bajo la consideración teórica se reconocen como legítimas las formas de acción colectiva de carácter contestatario, solidario y propositivo de los movimientos sociales, la dialéctica de sus múltiples prácticas sociales no necesariamente es vista, en términos políticos, como tal. compromiso con la comunidad para construir una esfera pública democrática, dentro de la cual se definan proyectos emancipatorios, sensibles a la diversidad cultural y la justicia social. Por el contrario, la expresión conflictiva de esta dialéctica ha llevado, en general, a una reacción despolitizada, de la cual el Ministerio Público, el Poder Judicial e incluso el Legislativo no escapan, abriéndose a la tentación de responder de manera que carece de solidaridad e incluso criminaliza estas prácticas.

En sus movimientos forma parte de las principales agendas que buscan tomar en serio el desarrollo y el bienestar de los países y pueblos.

En un reciente Día de la Mujer y los Trabajadores Rurales (en julio de 2020), el cardenal Michael Czerny, secretario del Dicasterio del Vaticano para el Servicio del Desarrollo Humano Integral, envió una carta en nombre del Papa Francisco que saluda a las familias sin tierra que continúan realizando acciones solidarias. acciones en Brasil. El motivo fue el reconocimiento del Papa al MST por haber repartido más de 2.500 toneladas de alimentos en la lucha contra el covid-19 y el hambre en Brasil, acción vista con “alegría por el hermoso gesto de distribución de alimentos que las familias de la Reforma Agrária en Brasil están realizando en estos tiempos de Covid-19”.

Vuelvo al Papa. Su acción pastoral se basa en una perspectiva teológica de universalización y no de capitalización de los bienes de la vida – la Teología de las tres T: Tierra, Techo y Trabajo, y en la confianza de que sin interlocución con los movimientos sociales no hay democracia ni justicia. Dice el Papa (Discurso del Santo Padre Francisco a los participantes del Encuentro Mundial de Movimientos Populares, publicado en el sitio web de la Santa Sede, 28-10-2014): 

“Los movimientos populares expresan la urgente necesidad de revitalizar nuestras democracias, tantas veces secuestradas por innumerables factores. Es imposible imaginar un futuro para la sociedad sin la participación protagónica de las grandes mayorías, y este protagonismo excede los procedimientos lógicos de la democracia formal. La perspectiva de un mundo de paz y justicia duraderas nos exige superar el asistencialismo paternalista, nos exige crear nuevas formas de participación que incluyan movimientos populares y animen las estructuras de gobierno locales, nacionales e internacionales con ese torrente de energía moral que surge de la incorporación de los excluidos en la construcción de un destino común. Y esto con espíritu constructivo, sin rencor, con amor. Los acompaño de todo corazón en este camino. Digamos juntos de corazón: ninguna familia sin hogar, ningún campesino sin tierra, ningún trabajador sin derechos, ninguna persona sin la dignidad que da el trabajo”.

El MST es ciertamente un conflicto, pero también es un proyecto. Y diseño auténtico. De todo lo que hemos escuchado y sobre todo lo que hemos reflexionado, en un cúmulo teórico-político, aun con el aporte del Congreso, basta ver que esta es la quinta Comisión Parlamentaria que se constituye para ir a la raíz de este tema, hay Son muchos los mandatos de este proyecto que no se reduce a una acción movilizadora de reforma agraria, sino que abre una agenda compleja de proyecto integral de sociedad.

Con matices únicos. Mañana promoveré, como uno de los organizadores/autores, el lanzamiento de un libro titulado O Direito Achado na Rua. Sujetos Colectivos: ¡solo la lucha garantiza los derechos del pueblo!, ya mencionado. Todo el libro trata de este sugerente tema, que es la instalación de una subjetividad activa inscrita en los movimientos sociales tan bien estudiados por el sociólogo Alain Tourraine, que acaba de fallecer ya quien rindo homenaje. En el libro, destaco el ensayo El día que el sujeto colectivo de derecho ocupó la Bolsa de Valores: el insólito encuentro entre la CVM y el MST. El autor, un joven académico del posgrado en Derecho de la UnB, Diego Vedovatto, nacido en un asentamiento de Rio Grande do Sul, con aportes epistemológicos rigurosos.  

La Academia se toma este tema en serio. El Congreso, que fue constituido por el poder fundacional de los movimientos sociales que le dieron forma y alcance constitutivo, podría ser también el promotor de la valorización de un programa de acción emancipadora que caracteriza al MST y que le valió un reconocimiento casi universal. Por supuesto, el MST es conflicto, pero insisto, también es un proyecto. Como dijo el Ministerio Público Marcelo Goulart en una reciente entrevista , en este proyecto no sólo está en juego la reforma agraria, pues es una de las principales formas de emancipación del pueblo trabajador, sino también la democratización del acceso a la tierra y producción económica y ecológicamente sustentable en el campo, y lo más básico para todos: soberanía y seguridad alimentaria

*José Geraldo de Sousa Junior es profesor de la Facultad de Derecho y ex decano de la Universidad de Brasilia (UnB)